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ASAMBLEA GENERAL DEL CLAUSTRO (AGC)
La Asamblea General del Claustro es órgano elector y de asesoramiento en los asuntos generales de la Universidad. Le compete: a) ser órgano elector en los casos y forma que determina la Ley Nº 12.549; b) emitir opinión en los asuntos que le competen conforme a esta ley y cuando el Consejo Directivo Central se lo solicite. Puede ser convocada por el Consejo Directivo Central, por el Rector, por su Mesa Directiva o a pedido de una tercera parte de sus miembro |
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