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CONSEJO DE FACULTAD DE ODONTOLOGÍA
Integración de los Consejos de Facultad: se componen de doce miembros, integrándose en la siguiente forma: A)El Decano; B)Cinco miembros electos por el personal docente, debiendo ser tres de ellos, por lo menos, profesores titulares; C)Tres miembros electos por los egresados con título universitario; D)Tres miembros electos por los estudiantes. Conjuntamente con los delegados titulares se elegirán doble número de suplentes. Atribuciones de cada Consejo: A)Dictar los reglamentos necesarios a la Facultad. B)Proyectar los planes de estudio, con asesoramiento de la Asamblea del Claustro, elevándolos a la aprobación del Consejo Directivo Central de conformidad con el artículo 22 y acompañando la opinión de aquélla. C)Designar a todo el personal docente de conformidad con el estatuto respectivo y demás ordenanzas. D)Proponer al Consejo Directivo Central la destitución de cualquiera de los integrantes del personal de cada Facultad, por razón de ineptitud, omisión o delito. No se reputa destitución la no reelección de un docente por el solo vencimiento del plazo de su designación. E)Proponer la remoción del Decano o de cualquiera de sus miembros, de conformidad con el artículo 21. F)Proyectar los presupuestos de la Facultad, elevándolos a consideración del Consejo Directivo Central, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23. G)Autorizar los gastos que correspondan dentro de los límites que fijen las ordenanzas. H)Resolver los recursos administrativos que procedan contra las decisiones de los Decanos. I)Sancionar al personal de la Facultad, de conformidad con las ordenanzas respectivas. J)Adoptar todas las resoluciones atinentes a la Facultad, salvo aquellas que por Constitución , las leyes o las ordenanzas respectivas, competan a los demás órganos Actualmente, se reune todos los jueves a las 11.30 |
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