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Préstamo de Túnicas


El Centro de Estudiantes viene trabajando en un proyecto de Préstamo de Túnicas para estudiantes que por diferentes motivos no cuenten con ella previo al ingreso a la clínica.  Las mismas estarían administradas por miembros del CEO.
 

REGLAMENTO DE PRÉSTAMO DE TÚNICAS

 

OBJETIVOS 

Art. 1º.- Brindar a estudiantes de Facultad de Odontología el acceso a préstamo de túnicas para realizar actividades curriculares.

 

PRÉSTAMO 

Art. 2º.- Tendrán derecho al préstamo todos los estudiantes de Facultad de Odontología. 

Art. 3º- El acceso al préstamo implica la aceptación del presente reglamento. 

Art. 4º.- Para hacer efectivo el préstamo el estudiante deberá completar la ficha de registro con sus datos personales y entregarla junto con un documento que acredite su  identidad (CI, carné de biblioteca, boletera) 

Art. 5º.- El estudiante se compromete a devolver la túnica en las mismas condiciones que la recibió. 

Art. 6º.- La persona que esté a cargo de la recepción de las túnicas podrá hacer las observaciones que considere pertinentes sobre las condiciones en que es devuelta por el estudiante. 

Art. 7º.- Luego de realizada la devolución de la túnica el estudiante podrá retirar el documento que acredita su identidad. Se dejará constancia en la ficha de registro de este procedimiento.

Art 8°.- La devolución deberá realizarse en el transcurso de las 48 hs luego de realizado el préstamo. 

SANCIONES

 

Art. 9º.- La no devolución de la túnica implica:

Ø   No poder acceder a nuevo préstamos de túnicas hasta cumplir con el período de sanción.

o   El período de sanción es de 1 semana por día de atraso.

 

Ø  No devolución del documento de identificación. Que se devolverá en el momento de la entrega de la túnica

 

Art. 10º.- Dicha sanción se levantará tras la devolución y/o reposición de una túnica nueva. 

Art. 11°.-Luego de 3 sanciones, no se realizaran más préstamos de túnicas al estudiante.

Art.-12°. 
El plenario del CEO instrumentará la forma de implementación de este servicio, las modificaciones que considere necesarias, las sanciones a usuarios por reiteración de faltas así cómo otras sanciones no previstas en el presente Reglamento.



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